Cuando decidimos contratar una póliza que proteja nuestra vivienda una de las principales cuestiones que nos preguntamos es si cubren los seguros las catástrofes naturales. Por tanto, es normal que las personas que habitan en regiones con mayor exposición a riesgos de este tipo den mucha más relevancia a este asunto.
Las aseguradoras (aunque no todas), incluyen en la póliza de hogar coberturas frente a inundaciones provocadas por lluvias superiores a una intensidad de 40 litros por metro cuadrado y hora. Es decir que, los desperfectos en la vivienda causados por las precipitaciones que rompan o estropeen canales artificiales o zanjas en la superficie, estarán cubiertos por el seguro de hogar. Es importante tener en cuenta que será la Agencia Estatal de Meteorología la responsable de acreditar la magnitud e intensidad de la lluvia.
Si la inundación se produce por una tromba marina (catalogada como suceso extraordinario), el responsable de indemnizar al asegurado será el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Eso sí, para poder acceder a esta indemnización es obligatorio contar con un seguro de hogar, aunque no sea la compañía aseguradora quien se responsabilice.
Si contamos con un seguro de hogar, es aconsejable que comprobemos que, en efecto, los daños por inundación están cubiertos y bajo qué condiciones. Siempre estaremos a tiempo de hacer modificaciones en nuestra póliza y agregar coberturas más completas.
Inundaciones
Incendios forestales
Si no existe un seguro contra daños naturales, entonces ¿quién me protege?
Que un seguro de hogar no cubra daños ocasionados por desastres naturales no significa que estemos desprotegidos. En situaciones tan complejas y devastadoras, quien toma las riendas es el Consorcio de Compensación de Seguros. Digamos que es la entidad pública empresarial responsable de asumir el coste de los daños, pero en casos determinados.
Entonces, si no existe ninguna cobertura o seguro de desastres naturales, ¿cómo es que un ente público se hará cargo de nuestras pérdidas? Pues bien, lo primero que debes saber es que el Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo público que sirve de apoyo al sector de las aseguradoras.
Se financia a través de un porcentaje que está incluido en cada póliza y que se conoce como “recargo”. De hecho, cuando suscribimos una póliza, esta viene con dos contratos: uno es con la aseguradora y el otro, con el Consorcio de Compensación de Seguros que cubre las indemnizaciones por riesgos extraordinarios de los que no se hace cargo la empresa de seguros.

